Glosario
Régimen forfettario (Italia)
Régimen italiano de tributación a tipo único para autónomos y freelancers pequeños: hasta 85.000 euros de facturación anual, un impuesto sustitutivo del 15 % (5 % los cinco primeros años, con requisitos) reemplaza al IRPF italiano ordinario, y el beneficio se fija como porcentaje de los ingresos.
El regime forfettario es el régimen tributario simplificado de Italia para quien tiene un pequeño negocio o trabaja por cuenta propia (una «partita IVA», el equivalente italiano a darse de alta como autónomo). En lugar de gravar tu beneficio real, da por hecho que un porcentaje fijo de tu facturación es beneficio y le aplica un único impuesto a tipo plano. No repercutes IVA en tus facturas, llevas una contabilidad mucho más ligera y presentas mucho menos papeleo que con el régimen ordinario.
Esto pesa mucho cuando te mudas, porque el régimen es generoso pero estrecho. Hay un límite de facturación, 85.000 euros de ingresos al año según la Agenzia delle Entrate (comprueba la cifra vigente para el ejercicio que declaras), y el tipo de referencia es un impuesto sustitutivo único del 15 %, que baja al 5 % durante los cinco primeros años de una actividad realmente nueva si cumples los requisitos. Si te estás planteando mudarte a Italia, o comparándolo con quedarte fuera, este suele ser el factor que más determina lo que te queda en el bolsillo. Puedes simularlo en paralelo en nuestra calculadora del forfettario.
El detalle que mucha gente pasa por alto es que el régimen está ligado a dónde tributas, no solo a dónde te has dado de alta. Todo arranca en tu residencia fiscal: un no residente en Italia queda fuera del forfettario, salvo que resida en otro Estado de la UE o del EEE y genere en Italia al menos el 75 % de su renta total. Y desde el lado español, recuerda que si pasas más de 183 días al año en España o mantienes aquí el núcleo de tus intereses económicos, el artículo 9 de la LIRPF te considera residente fiscal y Hacienda puede seguir gravándote tu renta mundial; salir mal del país te deja tributando por partida doble. También quedan excluidos quienes facturan sobre todo a su empleador actual o a uno de los dos últimos años, y quienes controlan una sociedad de responsabilidad limitada con una actividad vinculada a la suya. Si sigues facturando a clientes o teniendo una base en otro país, ojo con el establecimiento permanente: una presencia en el extranjero puede arrastrar esos ingresos a la red fiscal de otro país, y un tipo plano italiano no siempre gana a un esquema de tributación territorial en otro sitio.
También hay salidas que la gente no prevé: si superas el límite de facturación, activas una causa de exclusión o incumples una condición, sales del régimen a partir del año siguiente; y si tus ingresos pasan de 100.000 euros, lo pierdes ese mismo año y empiezas a repercutir IVA desde la operación que rebasa el tope. Trátalo como una norma con condiciones, no como una ventaja permanente.
Esto es información general, no asesoramiento: confirma los umbrales, tipos y requisitos vigentes en la fuente oficial de la Agenzia delle Entrate (la agencia tributaria italiana) o con un commercialista (asesor fiscal) cualificado antes de actuar.
Dónde aparece en la práctica
- Al abrir una «partita IVA» en Italia, donde marcas la casilla del régimen forfettario en el momento del alta.
- Sentado con un commercialista que echa los números del tipo plano y del ordinario para ver cuál te deja más.
- Al revisar tu facturación cerca del cierre del año para comprobar que no has rebasado el límite y perdido el régimen para el año siguiente.
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Fuentes
- Agenzia delle Entrate: regime forfetario, requisitos de acceso, impuesto sustitutivo del 15 % y umbral de 85.000 euros
- Agenzia delle Entrate: regime forfetario, ficha del portal
- Legge 23 dicembre 2014, n. 190, artículo 1, apartados 54 a 89 (en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026); desde el 1 de enero de 2027 el régimen pasa al D.Lgs. 19 giugno 2026, n. 117 (texto único de los impuestos sobre la renta), artículos 232 a 243, sin cambios en umbrales ni tipos
- BOE: Ley 35/2006, del IRPF, artículo 9 (residencia habitual en territorio español)
Voymo ofrece información general para ayudarte a organizar tu mudanza. No es asesoramiento legal, fiscal ni de inmigración: confirma siempre con una fuente oficial o un profesional cualificado antes de actuar.